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  DEPARTAMENTO DE CERTIFICACIONES

Certificaciones
 

REQUISITOS PARA OBTENER UNA CERTIFICACION DE ENTRADAS Y SALIDAS PARA FINES DIVERSOS

A) CERTIFICACIONES CONSULARES

Se clasifican en:

1) Por perdida de Residencia: Para este tipo de certificación se necesita el pasaporte original del contribuyente, en caso de perdida de este documento debe presentar una copia de una identificación y el papel de perdida de la policía.

2) Por pérdida de Pasaporte Visado: Se necesita una identificación del interesado y copia del papel de pérdida de la policía.

3) Para Fines de Ciudadanía: El contribuyente debe de traer los pasaportes que haya tenido durante los últimos cinco años o dependiendo de los años de viajes que le pida el departamento de migración de los Estados Unidos, en caso de que la persona se encuentre fuera del país debe de enviar copias completa de estos documentos, es decir donde quiera que halla sellos timbrados por migración.

NOTA: Cuando el contribuyente no tiene la información exacta, deposita un documento en este departamento y se le da un plazo de 05 (Cinco) días laborables para darle la información requerida, si esta completa toda la información solicitada este se dirige a la caja No.1 hacer el pago correspondiente de acuerdo a su necesidad, es decir ya sea VIP o Normal.
 

B) CERTIFICACIONES ADUANALES

El contribuyente debe presentar una copia de una identificación conjuntamente con el tikect expedido por el departamento de Exoneraciones de Aduana.

C) CERTIFICACIONES JUDICIALES

El interesado debe depositar una instancia dirigida al Director General de Migración, donde soliciten la información que requieran, luego de depositar este documento el interesado debe esperar cinco (05) días laborables para obtener la información y si es de interés para el contribuyente debe pagar el impuesto y solicitarla en casilla No. 2.

D) CERTIFICACIONES PARA TRASPASO DE VEHICULOS

El contribuyente debe presentara a este departamento copia de la matricula, del acto de venta y de la certificación de la junta central electoral.

E) CERTIFICACIONES PARA ACTA DE SOLTERIA

El interesado presenta copia de un documento y la fecha de su última salida.

NOTAS:

1) Los registro del año 1998 y años anteriores están incinerados.

2) Los interesados deben presentarse al Departamento de Certificaciones, puerta No.08 del primer piso.

3) Las Certificaciones tienen un costo de RD$ 1,600.00 por cada 4 fechas de entradas o salidas, con el sello de impuestos internos incluido, para ser entregadas en Cinco (05) días laborables, si la información esta disponible en nuestro sistema de archivos computarizados, se procede a pagar RD$ 1,000.00 adicional por el V I P, si al contribuyente le interesara.

4) Cuando una certificación pasa de 4 fechas de entradas o salidas el contribuyente debe de volver a pagar el mismo monto mencionado más arriba.

5) Las Certificaciones Judiciales NO se solicitan VIP, aunque estén en nuestro sistema de archivos computarizados.

6) Cuando las certificaciones no aparecen en nuestro sistema computarizado se deben solicitar en la Casilla No. 2 con las fechas de entradas o salidas exactas, para buscar el nuestro archivo manual el ticket de embarque o desembarque, dando al interesado un plazo de Cinco (05) días laborables para llamar, si la información es de los aeropuertos del interior el plazo pude ser hasta 15 días para llamar.

Para más informaciones comunicarse en el Departamento de Certificaciones
Telefonos: 809-508-2555 Ext. 316-310 y 314, Fax: 809-532-1458

 
 
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